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N° K. SEGURIDAD CIUDADANA: LOS LÍMITES DEL USO DE LA FUERZA PÚBLICA DENTRO DEL MARCO DE RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS

N° K. SEGURIDAD CIUDADANA: LOS LÍMITES DEL USO DE LA FUERZA PÚBLICA DENTRO DEL MARCO DE RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS

N°: K
CARRERA: DERECHO
AÑO: 2020
AUTOR: CÉSAR JAVIER BENÍTEZ ROJAS

RESUMEN:

La presente investigación trata sobre los límites del uso y empleo de la fuerza pública en las actuaciones llevadas a cabo por la Policía Nacional, específicamente las realizadas por la Unidad de Operaciones Tácticas Motorizadas o Grupo Lince, todo ello dentro de las prescripciones legales previstas por los Derechos Humanos del ciudadano de la República del Paraguay, tendiente a llevar a la práctica la Seguridad Ciudadana, ya que el fin del Estado es garantizar la seguridad de sus habitantes.
La finalidad esencial de la investigación consistió en determinar cuáles son aquellos límites legales tanto Nacionales o Internacionales vigentes, bajo los cuales el uniformado de la Policía Nacional debe sus actuaciones, recordando que la función de los mismos es la de prevención y detención de delitos para el mantenimiento del orden público, pero sin vulnerar los derechos y libertades esenciales del ser humano.
La seguridad ciudadana constituye el conjunto de mecanismos o medidas tendientes a asegurar el goce de los derechos inherentes del ciudadano consagrados en las distintas normativas, para ello el Estado adopta políticas de gobierno y crea instituciones que brinden la seguridad necesaria para que el ciudadano goce efectivamente de estos derechos.
La única institución encargada de hacer el uso de la fuerza pública en representación del Estado es la Policía Nacional, esto de acuerdo al artículo 172 de la Constitución Nacional, por lo que corresponde el análisis de las normativas que regulan la fuerza pública ejercida por el Estado por medio de sus representantes.

PALABRAS CLAVES: Derechos Humanos – Seguridad ciudadana – Fuerza pública – Policía Nacional.